Iglesia y Sociedad

La lucha de Homún

18 Ene , 2018  

En el último trimestre del año pasado Homún se convirtió en noticia. Población maya conocida por sus bellos cenotes, Homún está situada en la confluencia de dos áreas naturales protegidas: la Reserva Estatal Geohidrológica del Anillo de Cenotes y el Parque Estatal Lagunas de Yalahau.

El Anillo de Cenotes fue decretado como área natural protegida por el Gobierno del Estado de Yucatán, según el decreto 117, publicado en el Diario Oficial del Estado el 28 de octubre de 2013. La reserva tiene la capacidad de disponer agua limpia para una zona metropolitana cuatro veces del tamaño actual y Homún, uno de los 53 municipios que la conforman, está ubicado en la zona de “recarga” de dicha reserva, por lo que han quedado prohibidas expresamente actividades que no sean compatibles con el cuidado del medio ambiente o que tengan un impacto negativo en los ecosistemas.

Por otra parte, el área natural protegida denominada “Parque Estatal Lagunas de Yalahau” está ubicada en los municipios de Homún, Huhí, Tekit y Sotuta; el área fue constituida por el gobierno estatal mediante el decreto número 202, publicado en el Diario Oficial del Estado de Yucatán el 8 de junio de 1999, y circunscribe un total de 4 lagunas y 203 cenotes.

Por eso fue grande la sorpresa de los pobladores de Homún cuando, el 13 de octubre de 2016 el presidente municipal otorgó el permiso de uso de suelo para la construcción de naves y tratamientos de aguas residuales de una Mega Granja Porcícola que ocuparía un área de ciento diecisiete hectáreas (117 has.) para contar con aproximadamente 45,000 cerdos. El funcionamiento de esta granja pondría en grave riesgo la conservación del manto freático y, además, el sostenimiento de un gran número de familias, dado que cerca de la mitad de la población de Homún se dedica al ecoturismo centrado en los cenotes y las lagunas como principal actividad económica.

Comenzó entonces una batalla que ha tenido muchos espacios en la prensa local y nacional. No voy a abundar, por ello, en pormenores. Solamente quiero introducir el más reciente pronunciamiento al respecto, que les comparto en este mismo espacio, con algunas anotaciones que me parecen importantes:

  1. La batalla de Homún ha hecho que los pobladores se organicen en la defensa de sus derechos como personas y como pueblo maya. Han constituido un comité denominado Kana’an Ts’onot (guardianes de los cenotes) y llevan simultáneamente varios procesos legales para impedir el establecimiento de la Granja en su territorio. Esto, independientemente del resultado final de su lucha, es ya un logro en sí mismo y puede servir de inspiración a otras comunidades mayas que resisten la imposición de proyectos de “desarrollo” que arrojan pingües ganancias a las empresas involucradas y dejan a su paso la devastación para los pueblos y territorios indígenas.
  2. El comité Kana’an Ts’onot organizó una consulta basada en los estándares internacionales de consulta a pueblos indígenas marcados por el convenio 169 de la OIT. La consulta constó de una fase de planeación, una fase informativa en dos fechas (29 de Septiembre y 4 de Octubre) y una fase deliberativa (8 de octubre). El resultado de la consulta fue de 732 votos en contra de la instalación de la granja, 52 a favor y cinco en contra, contando la deliberación con la presencia de un notario público (fedatario autorizado), de personal del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo y, como testigos de honor, los concejales Yucatecos del Concejo Indígena de Gobierno del Congreso Nacional Indígena, la comisaria de Chocholá, apicultores de los Chenes e integrantes de la Unión de Pobladores de Chablekal, pueblos, estos últimos, que llevan adelante batallas a favor de la autodeterminación en sus propias poblaciones. El gobierno no ha dicho ni pío sobre la consulta y sus resultados, aunque le han sido formalmente presentados por los pobladores de Homún.
  3. La cantidad de procesos abiertos y aún sin resolución, revelan la incapacidad de las instituciones de gobierno para enfrentar la batalla del pueblo de Homún por su autonomía: el presidente municipal que otorga permiso de suelo, la SEDUMA que acepta una Manifestación de Impacto Ambiental (MIA) a modo y con serias irregularidades, los juzgados distritales que, con el pretexto de que la granja ‘crea empleos’ niegan el derecho de Homún a decidir sobre su territorio, etc. En un espectáculo que raya en la obscenidad, los órganos del Estado (y algunos medios de comunicación social) se han puesto al servicio de la empresa y no del pueblo.
  4. Aunque sea muy importante la lucha por el respeto al derecho a un medio ambiente sano, y resalte la preocupación por la contaminación de los cenotes, creo que la aportación más importante de Homún está referida al derecho a la autonomía y autodeterminación del pueblo maya, una papa caliente para los tres órdenes de gobierno (ejecutivo, legislativo y judicial), porque implica un reconocimiento en los hechos de un pueblo maya vivo y con derechos, mucho más allá de la visión arqueológica y folklórica que se maneja tan a menudo.

Así que les comparto ahora, sin más preámbulos, el más reciente capítulo de esta larga batalla de Homún.

Homún reitera ante Justicia Federal sus derechos

            

Pobladores solicitan a la Justicia Federal hacer efectivo su derecho al agua,

a un medioambiente sano y a decidir como pueblo maya

 

Integrantes del comité Kana’an Ts’onot, conformado por pobladoras y pobladores de Homún que se oponen a la instalación de una granja porcícola en dicho municipio, se reunieron hoy, 17 de enero de 2018, con el Juez Segundo de Distrito en el estado para reiterarle una serie de preocupaciones en torno al juicio de amparo 1389/2017-IV-A

Dicho juicio fue presentado el día 9 de noviembre del 2017 en contra de la manifestación de impacto ambiental (MIA) otorgada por la Secretaría de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente del Gobierno del estado de Yucatán (SEDUMA) a favor de la empresa “Producción Alimentaria Porcícola Sociedad de Producción Rural de Responsabilidad Limitada de Capital Variable” para el establecimiento de una granja de 45 mil cerdos.

El argumento principal del amparo fue la violación al derecho al agua y a contar con un medio ambiente sano,  contenidos en el artículo 4 constitucional.

Entre las principales irregularidades señaladas por los pobladores de Homún en la demanda de amparo destacan

  1. La MIA se autorizó sin que existiera un permiso de Uso de Suelo Vigente.
  2. El decreto 117 de 28 de octubre de 2013 que crea la Reserva Geohidrológica Anillo de Cenotes establece en su artículo 6 que SEDUMA es la encargada de elaborar el  Plan de Manejo de la Reserva Anillo de los Cenotes. A pesar de que dicho plan aún no existe, dicha institución autorizó la MIA
  3. En la Mia se reconoce la vulnerabilidad del acuífero, sin embargo, no se realizaron los estudios hidrológicos y del suelo que la misma GUIA de SEDUMA para la elaboración de la Manifestación de Impacto Ambiental establece como necesarios.
  4. No se considera el análisis de la emisión de olores por la operación de la granja ni cómo afectaría esto a los pueblos que se encuentran en la zona, vulnerando la norma mexicana NMX-AA-83-1982 sobre análisis de agua y determinación de olor, en la cual se clasifica como los olores más perceptibles y de mayor intensidad aquellos provenientes de heces fecales, estiércol y otros, siendo este el caso de la granja.
  5. La MIA fue firmada por una cirujano dentista, es decir, por una persona carente de competencias y conocimientos en materia ambiental.
  6. La MIA carece de rigor técnico, muchas de sus afirmaciones y fundamentos fueron plagiados de otros textos y autores, con lo cual se demuestra que no hubo un estudio riguroso ni aplicable al caso específico.
  7. La MIA se autorizó sin que se hubiera contemplado la participación de los habitantes de Homún ni mucho menos consultado a la comunidad.
  8. Todas estas irregularidades implican una violación al principio precautorio reconocido en diversos tratados internacionales que establece la obligación para las autoridades de no implementar ninguna tecnología o proyecto que no haya demostrado científicamente la no afectación al medioambiente o la salud de las personas.

 

Las mencionadas irregularidades, además de ser manifiestas, fueron documentadas a través del estudio Importancia de la reserva Geohidrológica del anillo de cenotes para el estado de Yucatán. Papel del municipio de Homún en la conservación de la reserva y su vulnerabilidad ante las actividades agropecuarias a gran escala”, elaborado por el Dr. Virgilio René Góngora Echeverría, Doctor en Ingeniería Opción Ambiental por la Universidad Autónoma de Yucatán y que fue integrado como prueba al juicio de amparo.

A pesar de la evidencia de las irregularidades y de la existencia de un riesgo inminente, pues la contaminación del agua por la construcción y puesta en marcha de la granja afectaría no sólo a la comunidad de Homún sino a otras regiones de la entidad, dado que la Reserva Geohidrológica del anillo de los cenotes es fuente de abastecimiento del líquido vital para amplias regiones del estado, el Juez Segundo de Distrito se negó a otorgar la suspensión definitiva argumentando que la granja “generaría empleos” a pesar de que esta afirmación no se encuentra sustentada en ningún documento y que existe un bien mayor que es la protección de acceso al agua y al medioambiente sano. Dicha determinación, además de ser parcial,  se dio violentando los estándares internacionales que obligan al Juez a aplicar medidas precautorias cuando existe un riesgo potencial  para el medioambiente o el agua.

Homún es un pueblo maya de tradiciones ancestrales y mantiene una estrecha relación cultural y simbólica con los cenotes. Además, la actividad económica que han logrado realizar en torno a ellos, ligada al turismo, es una importante fuente de ingresos para la comunidad.

Ante la próxima resolución del amparo presentado contra la MIA, una representación de los integrantes del comité Kana’an Ts’onot, se entrevistó con el Juez Segundo de Distrito para reiterarle las violaciones derivadas de la MIA, los riesgos que para la región implicaría el establecimiento de la granja porcícola, así como para solicitarle que haga efectivos los derechos humanos que, como pueblo indígena y como habitantes de la reserva geohidrológica tienen y que se encuentran protegidos por diversos instrumentos legales estatales, nacionales e internacionales.

Cabe recordar que en octubre de 2017, la comunidad de Homún realizó un proceso de auto consulta indígena, en donde por mayoría se determinó que no era viable la instalación de la granja en el territorio de la comunidad, proceso del cual hasta la fecha no se tiene respuesta por parte del gobierno del estado de Yucatán, a pesar de+ que los resultados de esa consulta fueron entregados tanto al gobernador del estado, Rolando Zapata Bello, como a diversas autoridades estatales y federales.

Además de lo anterior, la comunidad ha comparecido en otros juicios como el 91/2017 ante el Tribunal de Justicia Administrativa del estado, y el 936/2017 ante el Juzgado Primero de Distrito, en donde todas las determinaciones han resultado favorables a la empresa porcícola, lo que demuestra que los órganos judiciales tanto estatales como federales parecieran privilegiar los intereses mercantiles en detrimento del derecho que el pueblo maya de Homún tiene a decidir sobre su territorio en ejercicio de su derecho de autonomía y autodeterminación.

En virtud de lo anterior, el Poder Judicial Federal y específicamente el Juzgado Segundo de Distrito, tiene, en el presente caso una gran responsabilidad para hacer efectivos derechos humanos del pueblo de Homún y poner un freno a la política estatal que privilegia el establecimiento de megaproyectos en lugar de construir con los pueblos alternativas que sean compatibles con sus prácticas culturales y su visión del desarrollo.

(Comunicsado conjunto de Kana’an Ts’onot y el equipo Indignación AC)


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