Iglesia y Sociedad

De Obispados y Aranceles

7 Nov , 2014  

Hace exactamente cinco años, el 29 de octubre de 2009, tuve el honor de ser invitado a presentar el libro “Constituciones Sinodales del Obispado de Yucatán”, de don Juan Gómez de Parada, con transcripción, edición y notas de Gabriela Solís Robleda. Nunca publiqué las palabras que pronuncié en aquella noche. Hoy tengo ganas de hacerlo, no solamente porque un reciente acercamiento a la historia de los mayas contada por ellos mismos me ha reafirmado en la opinión de que los excesivos cobros en las iglesias son materia de mucho disgusto para los mayas también en nuestros días, sino también porque, al llegar el momento de la renuncia del actual arzobispo de Yucatán, me parece conveniente comenzar un amplio diálogo eclesial en relación con qué clase de pastor necesita la iglesia yucateca, mayoritariamente maya, en nuestros tiempos. Y me parece que la revisión de la historia puede ser un buen punto de partida. Les dejo, pues, con aquel texto leído hace ya cinco años en la librería de la UNAM. Perdonen que sea un poco largo y sobrepase la medida habitual de estas entregas semanales.

La historia es maestra de la vida, dice el lugar común. Por eso, porque se puede aprender de las experiencias pasadas, es que nos alegra la edición de testimonios documentales como el que hoy se presenta públicamente. El libro de las “Constituciones sinodales del obispado de Yucatán”, del ilustre obispo don Juan Gómez de Parada que ahora tenemos en nuestras manos es una muestra clara de cómo la historia de las ideas y el testimonio escrito de las prácticas antiguas, si bien siguen un largo y azaroso camino marcado, a veces por rectas y/o torcidas intenciones humanas, a veces tan sólo por el azar o por la ineficiencia burocrática, terminan iluminando caminos posteriores sobre todo cuando encuentran el empeño, la acuciosidad, la casi obsesiva manía de transcripción de investigadores como Gabriela Solís Robleda.
Editado por el Centro Peninsular en Humanidades y Ciencias Sociales, de la Universidad Nacional Autónoma de México, el libro que hoy presentamos abre la colección “Documentalia”, a la que auguramos larga vida.
¿Qué de importante puede tener, en estos tiempos de la postmodernidad, rescatar este documento antiguo que parece hablar de cosas que suenan a un pasado ya perdido e irrecuperable, como diezmos y prebendas, fiestas patronales, aranceles y oficios de sacristanía?

Lectura apta para personas curiosas
Una primera mirada puede estar alimentada por la actitud del curioso, de quien le gusta hurgar en costumbres y tradiciones del pasado. Los modernos “paparazzi” nos han hecho odiar la invasión a la intimidad con sus impertinentes persecuciones de los personajes públicos, particularmente del mundo del espectáculo. El hartazgo cada vez más amplio que despiertan los programas televisivos cuyo objetivo es ventilar los más recientes escándalos del cantante o del actor de moda es una muestra de que ciertos picos de obscenidad terminan por cansar a la audiencia y que una de las tareas impostergables es reflexionar y legislar más adecuadamente sobre el derecho a la intimidad personal.
Pero todo esto no debe llevarnos a olvidar que la curiosidad es fuente de sabiduría. No era otra cosa sino curiosidad lo que impulsó a Charles Darwin, cuyo centenario estamos celebrando este año, a iniciar los viajes exploratorios que le permitieron dar cuerpo a una de las explicaciones más convincentes sobre el origen y la evolución de las especies. Curiosidad fue también la que permitió que Galileo terminara inventando el telescopio, el termoscopio, el microscopio…
La curiosidad, referida a las cosas antiguas, tiene además una especial virtud. A mí esto se me reveló en una conversación que sostuve, la última, con el ya fallecido VII obispo de Cuernavaca, Monseñor Sergio Méndez Arceo, que en el momento de nuestro diálogo era ya obispo emérito. El singular prelado me comentó un día que, en su opinión, había solamente dos disciplinas propiamente eclesiásticas que ayudaban al estudiante a ser más libre: el estudio científico de la Biblia y el estudio de la historia de la iglesia. Explicaba así su razonamiento: el conocimiento del pasado es esencialmente antidogmático, porque nos enfrenta con una evidencia que a veces no quisiéramos aceptar: que las cosas no siempre fueron como son ahora. Esta constatación tiene una enorme carga liberadora cuando la proyectamos al futuro, porque si las cosas no fueron siempre como son ahora, eso quiere decir que no tienen por qué seguir siendo de la misma manera como son hoy. Por eso es que hay secuestradores de la historia. Suelen ser aquéllos que piensan que las cosas deben seguir siendo siempre tal cual son ahora, en una especie de inmovilismo que les resulta, las más de las veces, harto conveniente.
Pues bien, la curiosidad es un excelente punto de partida para entrar a una lectura empática con el texto que hoy presentamos.

¿Quiere usted saber cuál era el aprecio de los antiguos españoles por la dulce lengua de los mayas? Libro primero, título primero, sección segunda, párrafo duódecimo:
“A los padres y principalmente a todas las madres de familias españolas de esta nuestra diócesis… les mandamos que tengan especialísimo cuidado de apartar a sus hijos del trato y conversación de los indios de su servicio y casa y que de ninguna manera les permitan hablar su lengua bárbara ni mucho menos las madres desde muy tiernos… les cieguen con hablarles en el trato doméstico y consintiendo que se les hable y hablar ellos como su lengua nativa la ruda y torpe lengua de los indios… pues sólo en lengua castellana podrán cultivarse y no en la ruda y torpe lengua de los indios, en que hay tan poco o nada escrito y tan poco o nada se habla que pueda servirles de provecho alguno…”

¿Está interesado en conocer cuál era la opinión española respecto de los ritos y tradiciones del pueblo maya? Libro primero, título primero sección cuarta, párrafo segundo:
“La memoria de nuestros indios de sus antiguos ritos y supersticiones les sirve de ocasión para volver a sus errores… de ninguna manera permitan a los indios los bailes, cantos y alegres adornos de sus fiestas… y siendo nosotros informados que en esta nuestra provincia se practican este género de bailes y cantares antiguos que no entienden aun los más inteligentes de su lengua… ordenamos que de ninguna manera se permitan los tales bailes y cantos… ni los bailes que acostumbran cuando beben balché, ni el que lo beban en juntas, congresos o de otra cualquier suerte en que les sea ocasión de renovar las antiguas memorias de sus supersticiones y errores…”

Los ídolos del poder y del tener…
Hay, sin embargo, otras perspectivas igualmente válidas para acercarnos a la obra que hoy presentamos. Decíamos al inicio que “la historia es maestra de la vida”, a lo que habría que añadir “pero tiene pésimos alumnos”. Y es que la lectura de las “Constituciones Sinodales del Obispado de Yucatán” nos muestra cuán presentes siguen entre nosotros, particularmente entre los eclesiásticos, antiguos vicios ligados al dinero y al poder.
Cuando la III Conferencia del Episcopado Latinoamericano tuvo lugar en Puebla, en 1979, los obispos ahí reunidos señalaron que la sociedad en la que vivíamos en América Latina distaba mucho de poder ser llamada cabalmente cristiana, y que más bien era una sociedad sometida al culto de una triple deidad: los ídolos del poder, del tener y del placer. No estaban descubriendo los obispos el hilo negro. Estaban actualizando, con una mirada renovada, su percepción de la naturaleza humana y del misterio de iniquidad que se esconde en la mayor parte de nuestras relaciones interpersonales y sociales.

Las “Constituciones Sinodales del Obispado de Yucatán” tuvieron una azarosa historia. La indispensable introducción y los abundantes anexos (pp. 275-360) que Solís Robleda coloca al inicio y al final de la obra que hoy se comenta, nos permiten hacernos una idea de las reacciones suscitadas por las disposiciones sinodales.
La dificultad mayor, “manzana de la discordia” la llama Gabriela en su introducción, era justamente la cuestión del dinero, de los aranceles. Cito a la investigadora:
“Como se desprende de los alegatos opositores, un punto central en los cuestionamientos del sínodo fue el arancel para normar las obligaciones de los indios en lo concerniente a derechos parroquiales y obvenciones. Con el fin de conseguir que no se aplicase, unieron sus fuerzas (clérigos) regulares y seculares para defenderse de lo que se anticipaba como una disminución en sus ingresos”.
Todas las prescripciones establecidas por el sínodo pasaban a un segundo término cuando se tocaba el bolsillo de los clérigos. En el anexo 13, “Petición de los franciscanos y de los curas seculares representando su oposición al arancel de limosnas y obvenciones, México a 15 de noviembre de 1723”, los clérigos de ambos órdenes se muestran a favor de desestimar los aranceles aprobados por el sínodo y de apegarse, en vez de eso, a “la costumbre”, dando como razón lo siguiente: que una cédula real y la práctica del obispado de Madrid, había ya, desde tiempos antiguos (1712/1701 respectivamente), ordenado que independientemente del arancel establecido, que era considerado por ellos escaso, las demás aportaciones se rigiesen según “la costumbre”, explicada de la siguiente manera:
“Los pueblos de sus comunidades contribuyen con ciertas limosnas, así en el adviento como en la cuaresma para el pescado y en los santos de su advocación en dineros… junto con algunos colmos que voluntariamente daban en las obvenciones de maíz y frijoles, algunas cabezas de ganado de cerda y manteca… y los derechos de funerales y entierros de a cuatro pesos por cada vigilia, misa y responsiva… haría el monto de una congrua competente y nada sobrada para la manutención del culto divino, su ornato y sustento de los curas y ministros…”
Además de esto, los curas:
prec“…no tenían obligación de pagar el servicio personal de los indios porque siempre se había interpretado como parte de la congrua… y considerando que los mantenimientos, que por lo regular tienen corto precio (gallina de Castilla, frijoles y granos), acontece variarle por algunas contingencias, especialmente la carestía de granos… y los géneros de Castilla como vino, aceite, lienzos y otros muy necesarios para el mantenimiento y vestuario de los curas, valen continuamente a muy subidos precios…”
Por eso, sostienen en su oposición a los aranceles sinodales, debe seguirse la práctica de cobrar todas las limosnas establecidas por la costumbre, “Y más, cuando dichos pocos españoles no dan otro provecho a sus curas” más que el pago de sus entierros. De suerte que los mayas terminaban asfixiados por tanta carga, pues debían sostener con dinero, especies y trabajo “voluntario”, la religión que les había sido impuesta por los europeos llegados a sus tierras.

El capítulo final del texto sinodal, “Aranceles”, da cuenta en detalle (pp. 223-274) de los cobros que quedaban establecidos. No nos llamemos, sin embargo, a engaño. La intención del establecimiento de aranceles era de indudable beneficio para quienes debían pagar, especialmente los indios mayas, ya que la inexistencia de aranceles permitía los abusos denunciados y que el sínodo deseaba combatir. La intención del arancel era, precisamente, estipular las cantidades máximas que podían ser solicitadas por los servicios prestados por clérigos o por otros agentes eclesiásticos. Por eso fueron tan combatidos por clérigos de los dos órdenes, seculares y regulares.
Llama la atención la observación realizada por la investigadora Solís Robleda. Señala en la página 31 que “los opositores al sínodo pretendieron achacar a los eclesiásticos la responsabilidad en el espinoso asunto de la dispersión indígena al presentar testimonio de una extensa averiguación hecha en 1718 por el gobernador Vértiz… que condenaba este tipo de asentamiento de los indios. La indagatoria… se encaminó a demostrar que un motivo principal para la fuga de los indios y para que privilegiasen el patrón de dispersión eran los abusos de curas y religiosos”. No es casual que, más de un siglo más tarde, en la revolución indígena conocida como “Guerra de Castas”, hubiera también un ingrediente de cansancio de los mayas respecto a los cobros realizados por los clérigos en el servicio religioso. La documentada ficción de Hernán Lara Zavala en su novela “Península, Península” da buena cuenta de este fenómeno.

Digo que es una observación que me llama la atención porque no dejo de tener noticias de situaciones de este tipo, incluso en nuestros días. Se los contaré a modo de confidencia, sin revelar el nombre de mis fuentes. Resulta que en meses pasados el actual arzobispo de Yucatán realizó una visita pastoral a una comunidad maya de la periferia de la ciudad de Mérida. El objetivo de la visita era entablar contacto y favorecer el intercambio fraterno entre el prelado diocesano y los grupos que trabajan en la iglesia. Una de las personas que participó del intercambio me comentó después, no sin cierta rabia, que el párroco, junto con algunos de sus más leales servidores, había logrado desactivar la intención de un grupo de católicos de dirigirse al arzobispo para manifestar una inconformidad muy concreta. La técnica había sido permitir solamente a las personas designadas intervenir en la audiencia pública ante el prelado. La dictadura de quien tiene el control del micrófono, pues.
Ya en confianza, el católico que me hizo objeto de sus confidencias me comentó que la reclamación que querían plantear delante del arzobispo era, justamente, el hecho de que el párroco exigiera de pago por misas de quince años y matrimonios, la cantidad de mil pesos, una cantidad que a hombres y mujeres mayas que sobreviven exclusivamente del cultivo y venta de hortalizas, les parecía muy alta. Argumentaba mi amigo que el sacerdote no hacía suficiente discernimiento de la compleja conformación de la parroquia, que lo mismo tenía comisarías mayas de alto grado de marginación, que fraccionamientos exclusivos para gente millonaria. “No puede cobrarnos a nosotros igual que lo que cobra en La Ceiba”, me comentó mi amigo.
Habían ya encontrado una solución de emergencia: acudir a la parroquia vecina que, en vez de mil pesos, cobraba, por el mismo tipo de servicio, solamente cuatrocientos. Pero creían necesario plantear su inquietud ante el arzobispo, lo cual –como he mencionado antes– no fue posible. Finalmente, no sin cierta rabia, me comentó algunas de las razones que el sacerdote esgrimía para seguir cobrando mil pesos a pesar de las quejas de los fieles mayas. Decía que, después de pagar los porcentajes que la curia cobraba, le quedaba muy poco ingreso para la parroquia. Además, les decía el cura, “si tienen dinero para pagar fiesta y conjunto, por qué no van a tener dinero para ofrecerle a Dios…”.
Al tal sacerdote habría que remitirlo al anexo 13 de la obra que hoy presentamos, para que descubriera (y se descubriera) en la argumentación ofrecida por los clérigos franciscanos y seculares. Sostenían los curas, en su oposición a los aranceles –por insuficientes, claro– que “ningún agravio reciben los dichos indios, a quienes lo que sobra de sus comunidades, pagadas las cargas del pueblo, sólo sirve para embriagueces de las justicias de ellos y por esto parece que fuera más justo se aplicara a los gastos de las iglesias…”. Los mayas, pues, han de ser agradecidos porque los curas, al quedarnos con su dinero, los libramos de males mayores. Si lo dejan en la iglesia, luego entonces no lo usarán para emborracharse. ¡Lo mismo que hoy sostiene, con otras palabras, el cura del que hablamos!
Me temo que detrás de una respuesta tan parecida a la de 1723 se esconda el mismo prejuicio que a continuación, y sin rubor, exponen los clérigos en su manifiesta oposición a los aranceles: “Es que es bien de notar que se confiese que todo el año entero se les está cobrando a los indios estas limosnas… y aun así suelen quedar sin pagarlas… por ser ellos naturalmente flojos, echados continuamente en las hamacas, faltos de verdad e inclinados a quedarse con lo ajeno… y como dichas limosnas están repartidas por todo el año… que los indios de otra manera no pueden pagar, es inexcusable que aunque sea de cosa tan corta duren todo el año las cobranzas”.
La lectura de las “Constituciones Sinodales del obispado de Yucatán”, pueden ser de extraordinaria utilidad para que los ministros religiosos de hoy cuestionemos algunos antiguos prejuicios que seguimos cultivando con particular esmero. No me extrañaría que, sea la forma que adopte la ruptura social que viene (Muñoz Ledo dixit), los mayas de esta península tuvieran cuentas pendientes con algunos ministros de culto…

No cabe duda que una de las razones por las que las Constituciones Sinodales fueron tan combatidas, fue la defensa de los indígenas contra una multiplicación de abusos que difícilmente podría ser calificada de cristiana. Veamos, si no, algunos de sus más polémicos párrafos:
Sobre los niños huérfanos (libro tercero, título dos, párrafo primero):
“Advertimos a nuestros curas que así como es un acto de cristiana caridad el cuidar de los niños huérfanos de padre y madre poniéndolos al cuidado de personas piadosas… así también es una detestable hipocresía con este pretexto poner a los huérfanos a servir a españoles donde nada les enseñan y sólo se sirven de ellos para sus encomiendas…”
Sobre los abusos de españoles, vía complicidad de los caciques (ídem):
“Sabiendo… que la autoridad que a los caciques se ha permitido sobre los indios de sus pueblos es tanta que los tienen sobremanera oprimidos… y los españoles que sobre el cacique tiene alguna mano, se vale de la suya para que obligue a los desdichados indios a venir desde sus pueblos a venir a la ciudad… a servir a los españoles, dejando sus casas, plantas y corto ganadito y aún a sus hijos pequeños a ajeno cuidado… (decimos que) se les hace un infinito agravio y se comete un gravísimo pecado mortal, robándoles la natural libertad que Dios les dio y el rey les conservó e importa más que todo el oro y plata del mundo…”
O, finalmente, sobre la obligación de los ministros de culto de pagar a la gente que trabaja para ellos, en vez de servirse gratuitamente de su trabajo (ídem):
“…Mandamos a todos los curas de nuestro obispado, el que ninguno cobre ni reciba cosa alguna de indio alguno por título de cantor ni permita el que les sirvan si no es por su justo estipendio por poco ni mucho tiempo, ni a ello le compela so pena de pagar el cuádruplo de lo que importase el trabajo…”
Advertencia, la anterior, igualmente pertinente en nuestros días, ya que hay que recordar que, hasta antes de los acuerdos entre las iglesias y estado firmados durante el periodo presidencial de Carlos Salinas de Gortari, los empleados de las parroquias (sacristanes, secretarias, etc.) no contaban con las prestaciones que establece la ley, ni con Seguro Social, ni con derechos a una indemnización adecuada en caso de despido.

Dos tiempos… ¿dos iglesias?
Esto me lleva a una última apreciación. Si algún avezado lector toma el texto de Las “Constituciones Sinodales del estado de Yucatán” y recorre sus páginas en busca de, por ejemplo, las menciones de la mujer y de los asuntos que hoy llamamos “de género”, encontrará joyas como la que hallamos en el libro primero, título décimo tercio, párrafo cuarto que trata de las ceremonias y cortesías en las celebraciones litúrgicas:
“…A ninguna mujer –de cualquier grado o condición que sea– debe llevársele la paz como se ha practicado con notable deformidad contra el estilo y la práctica de la universal iglesia, que no la ha concedido in a las princesas soberanas por no ser congruente a su sexo, en cuya conformidad lo ha prohibido la ley real”
Lo mismo ocurriría si uno hurgara en el texto acerca de lo que hoy llamamos prejuicios discriminatorios contra los indígenas y que hemos ya mencionado líneas arriba. Hay un abismo entre el texto de 1722 y la manera como pensamos hoy, tocante a la comprensión del papel de las mujeres, su naturaleza y función social. El mundo, en efecto, ha sufrido en esto cambios vertiginosos. Tendríamos que preguntarnos por qué hacia dentro de la iglesia esos cambios tardan tanto en manifestarse.

De 1962 a 1965 tuvo lugar en el Vaticano, no un sínodo como el que hoy comentamos, sino un concilio ecuménico que reunió a todos los obispos del mundo. Dicho concilio, el Vaticano II, se abrió para escuchar a un mundo convulsionado por cambios en los paradigmas culturales y tecnológicos. El espíritu de apertura de sus conclusiones generó un gran movimiento de progreso dentro de la iglesia, entre cuyos frutos destaca la valoración del papel de los laicos y laicas en la iglesia, el impulso hacia la unidad con las otras iglesias cristianas, la participación de la iglesia en la transformación del mundo, etc. Han pasado más de cuarenta años y mucho de ese impulso renovador eclesial parece haberse perdido. La correlación de fuerzas dentro de la jerarquía de la iglesia ha puesto en primer término, después del pontificado de Pablo VI, algunos patrones de pensamiento y de acción de corte tan conservador que, me temo, puedan ser calificados no sólo de pre-conciliares, sino incluso de anti-conciliares.
La lectura del texto que hoy tenemos en nuestras manos me ha servido también como urgente llamado de atención para recordar que probablemente sea necesario recobrar esa antigua vertiente “conciliarista” dentro de la iglesia, de suerte que los asuntos que competen a todos en la iglesia, sean discutidos por todas y todos. Ese sería un signo de renovación eclesial que nuestros tiempos demandan.

Agradecimiento final
Decía yo que es interesante la historia del documento que ahora presentamos. De 1722, fecha de la realización del Sínodo, hasta el momento en que la Audiencia de la Nueva España dio aviso de la revisión de todas las anotaciones a favor y en contra, en 1749, habían pasado ¡47 años! Cantidad extraordinaria de tiempo si consideramos hoy el cambio cultural que se ha producido a partir de los avances tecnológicos que nos hacen rabiar cuando la computadora se toma más de treinta segundos para conectarnos a alguna página de Internet. Tal modificación en nuestra concepción del tiempo nos hace olvidarnos que hubo un tiempo en que las comunicaciones tenían duraciones tan largas.
Sorprende, sin embargo, que una discusión que se prolongó durante tanto tiempo haya terminado en una resolución tan incierta, que le hace decir a la investigadora Solís Robleda, “No tenemos evidencia de que la confirmación aludida se haya expedido en la metrópoli, sin embargo… en 1795,,, se consigna que (el sínodo) no se había aprobado por las contradicciones que se le opusieron…”, lo que convierte la edición actual del texto sinodal en el punto final de un caminar que se viene a concluir en el año del Señor de ¡dos mil nueve!, ¡287 años después de la conclusión del sínodo!
¿Cómo no felicitar a la UNAM, al CIESAS y, en particular a la meticulosa investigadora Solís Robleda por este triunfo sobre los avatares de la historia?

P.D. Y para volver al desafortunado tiempo en que vivimos, esta columna repite el grito que cimbra a toda la patria: ¡Vivos los llevaron, vivos los queremos!


Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *