Iglesia y Sociedad

Una sentencia de la Corte

30 Abr , 2014  

Las sentencias de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se asemejan a las canonizaciones: reconozco su validez jurídica pero no siempre coincido con sus deliberaciones y resultados, de la misma manera que hay santos que serán santos… pero no de mi devoción. Hay otros casos, sin embargo, en el que me complazco en sus decisiones.

Quiero hoy comentar una reciente decisión de la SCJN que ha declarado inconstitucional el artículo 143 del Código Civil de Oaxaca calificándolo de discriminatorio. Un sucinto resumen es el siguiente: un grupo de 39 personas de orientación homosexual se ampararon ante la justicia federal en contra del mencionado artículo que les impedía contraer matrimonio (amparo 152/2013). El juez 3 de Distrito de Oaxaca conoció el amparo y lo sobreseyó considerando que los quejosos no tenían legítimo interés para impugnar la norma reclamada, dado que el matrimonio está definido en el código civil oaxaqueño como realizable entre “un solo hombre y una sola mujer… con el objetivo de perpetuar la especie”.

Los quejosos apelaron la sentencia y el recurso de revisión fue atraído por la SCJN, la cual ha terminado por considerar que el sobreseimiento del juez fue incorrecto, declarando inconstitucional el artículo 143 del Código Civil de Oaxaca por ser discriminatorio. La sentencia fue en esa dirección, no por la negativa de la autoridad civil para acceder a la solicitud de matrimonio de las parejas del mismo sexo, sino, esto es lo importante, a la calidad discriminatoria de la enunciación de la norma y la afectación por su misma existencia, ya que excluye a un grupo humano protegido por el artículo 1º. Constitucional. (Puede verse un resumen de la sentencia y sus aplicaciones en http://www.notiese.org/notiese.php?ctn_id=7353)

La sentencia de la SCJN contiene un vigoroso mensaje. En primer lugar, muestra que la reforma constitucional en materia de derechos humanos comienza a producir frutos. En el caso del matrimonio, pero también en una amplia variedad de materias, las legislaciones estatales no se han reformado en el espíritu del reconocimiento y respeto a los derechos humanos de todas las personas. La SCJN parece decidida a sostener la primacía de los derechos humanos en sus resoluciones. Ojalá lo haga en todos los campos de la vida nacional.

En segundo lugar, la sentencia de la SCJN que comentamos tiene relación íntima con Yucatán. Como es de todos sabido, varias parejas del mismo sexo han contraído matrimonio en nuestro estado, debido a una sentencia de un juez federal que obligó a los funcionarios del Registro Civil a realizar los contratos matrimoniales. Ya desde el primer matrimonio los contrayentes pudieron experimentar el recelo timorato de los oficiales del Registro Civil que nunca pronunciaron la palabra matrimonio en toda la ceremonia y que enfatizaban, a tiempo ya destiempo, que era un contrato celebrado en cumplimiento de una sentencia judicial.

El problema no hubiera pasado a más: no es por decreto que van a desaparecer las actitudes discriminatorias, ni entre los funcionarios de gobierno ni en la sociedad en general. Sin embargo, algunos contrayentes se dieron cuenta que su unión civil no era inscrita en el libro de matrimonios. Con esta acción, chapucera y chicanesca, los funcionarios pretendían mantener las uniones civiles de personas del mismo sexo en una categoría distinta de la del resto de los ciudadanos.

El 4 de enero de 2014 se casaron LNMM y KEAC. Al terminar la ceremonia civil las contrayentes se dieron cuenta de que no les entregaron un acta de matrimonio, sino una constancia a manera de “recibo” bajo el rubro “cumplimiento de sentencia”. Cuando acudieron a las oficinas del Registro Civil a solicitar su acta de matrimonio les dijeron que su unión no sería reconocida a través de un acta de matrimonio, ni registrada en el libro respectivo de matrimonios, sino que sería un acta “diferente” anotada en un libro de cumplimiento de sentencias, violando así el sentido de la sentencia de amparo.

La Juez Cuarto, sin embargo, dio por cumplida la sentencia. De manera que, ni tardas ni perezosas, LNMM y KEAC interpusieron el 11 de febrero de 2014 un recurso de inconformidad ante el Tribunal Colegiado de Circuito en Materias Civil y Administrativa. Dicho cuerpo colegiado federal acaba de resolver de manera favorable a las quejosas diciendo en su sentencia, entre otras cosas, que el Registro Civil ha cumplido defectuosamente la sentencia “pues aunque se pretende haber realizado el matrimonio solicitado para las quejosas, lo hace con una clara diferenciación (no poder que es matrimonio ni explicitar el régimen matrimonial) con los que generalmente se celebran, marcando por consiguiente la discriminación…”. Así que ha ordenado al Registro Civil que se dé trámite “pero no de cualquier forma, sino como lo dispone la ley en la materia; sólo así se respetaría a las inconformes en su derecho fundamental a la igualdad y a la no discriminación”. (Puede verse los detalles de la resolución en el comunicado conjunto del Equipo Indignación AC y UNASSE AC en www.indignacion.org.mx).

La simulación realizada por el Registro Civil da la razón a Bruno Bimbi, el legendario activista argentino, que sostiene: “Se olvidan de que cuando los gays alquilamos una casa, firmamos un contrato que se llama ‘de alquiler’, no de ‘vínculo inmobiliario homosexual’. Cuando decidimos casarnos, queremos que se llame matrimonio: los mismos derechos con los mismos nombres. Si no, sería como si a las parejas de afrodescendientes les hubiesen dicho que las reconocían mediante una ‘ley de unión entre negros’… Se aferran al nombre como una forma de mantener alguna forma de desigualdad”.

Finalmente, la sentencia de la SCJN tiene ecos que nos llevan a preguntar cuánto tiempo pasará para que la reforma hecha al Código Civil del Estado de Yucatán hace unos pocos años, que excluye a las personas de orientación homosexual del matrimonio, se mantendrá vigente. Las y los legisladores locales ven pasar a la procesión y no se hincan. Así que la respuesta nos vendrá, seguramente, de acciones que la sociedad civil organizada realice.

Entiendo que haya personas, muchas de ellas de la diversidad sexual, a quienes estas exigencias jurídicas les parezcan fuera de lugar. Conozco gays y lesbianas que no tienen interés alguno en casarse y que si se decidieran a establecer algún vínculo jurídico entre ellos/as no escogerían el matrimonio, sino el Pacto Civil o las Sociedades de Convivencia. Tienen todo el derecho de pensar así. El matrimonio no será nunca una obligación para nadie. Lo único que no deben perder de vista es que tanto el Pacto Civil como las Sociedades de Convivencia son accesibles a todos los ciudadanos y ciudadanas, independientemente de su orientación sexual. No así el matrimonio. Y eso, a la luz del derecho internacional de los derechos humanos, es discriminación simple y llana. Quien no quiera casarse, que no lo haga. Pero, como sabiamente dijo un famoso dramaturgo, que no lo haga porque no quiere, no porque no pueda o alguien se lo impida.


One Response

  1. Chepos Trekos dice:

    La realidad es que se sigue discriminando a las parejas LGBT de Yucatán…. Hablan tanto en los medios sobre la igualdad de oportunidades, y un sector como la comunidad LGBT socialmente e institucionalmente olvidada sigue teniendo estragos en su pleno desenvolvimiento personal y profesional. Totalmente de acuerdo con usted sobre la igualdad que se requiere a nivel jurídico e institucional sobre la unión de dos personas y que no importando su preferencia/orientación sexual pueda llamarse Matrimonio … Lo que hace el gobierno no es más que un tipo de «diferentes pero iguales». Una clara y tonta discriminación institucional que tendrá que acabar en algún momento de la historia…. y sí , Se exige tener los mismos contratos, con los mismos nombres, nada diferente… No somos seres inferiores, inhumanos. Somos seres que trabajamos, contribuimos a la sociedad, pagamos impuestos y somos hijos o hijas de familia, padres, hermanos, tíos, tías, licenciados, doctores, profesores, amigos, etcétera. Que el gobierno nos quiera diferenciar, no nos hará diferentes al resto, y sobre todo, no parará esta avalancha de derechos humanos que día a día consiguen los LGBT en Occidente y sobre todo en México. Saludos a Raúl Lugo. Sigo su columna muy de cerca y gracias por su apoyo a la comunidad/población LGBT de manera incondicional.

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